Este miércoles 6 de septiembre de 2023, la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) concedió un amparo al Grupo de Información en Reproducción Elegida (GIRE), con lo que se despenaliza el aborto a nivel federal.
De esta manera, la Primera Sala de la Corte declaró inconstitucional el sistema jurídico que penaliza el aborto, porque viola los derechos humanos de las mujeres y personas con capacidad de gestar.
Con la resolución, las mujeres podrán practicarse el procedimiento en las principales instituciones de salud de carácter federal del país como el IMSS, ISSSTE, Pemex, entre otras.
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El recurso jurídico contra el aborto en todo el país, fue promovido por la organización civil GIRE, más allá de las regulaciones de las entidades que lo habían despenalizado.
Cabe señalar que la inaplicabilidad de la criminalización del aborto no será de carácter general, ya que las mujeres que aspiren a obtener este derecho tienen que recurrir a la citada organización.
Por su parte el GIRE publicó en sus redes sociales lo siguiente: Con el objetivo de que todas las mujeres y personas gestantes tengan acceso a abortos seguros sin ser criminalizadas, GIRE y otras organizaciones locales hemos encabezado una estrategia jurídica nacional que consiste en presentar amparos para eliminar el delito de aborto autoprocurado y consentido en todos los códigos penales del país donde no se ha despenalizado por parte de los congresos, incluido el federal.
Con base en la sentencia sobre la inconstitucionalidad del delito de aborto en el Código Penal de Coahuila resuelta por unanimidad por la Suprema Corte de Justicia de la Nación en septiembre de 2021, GIRE presentó un amparo contra el Congreso de la Unión y el Ejecutivo Federal por haber emitido una regulación que criminaliza el aborto.
Hoy, la Corte analizó este amparo y concluyó que el apartado del Código Penal Federal que criminaliza el aborto ya no tendrá efectos y, por lo tanto, a ninguna mujer o persona gestante, ni al personal de salud, se le podrá castigar por abortar.
Con esta resolución, IMSS, ISSSTE, PEMEX y cualquier institución de salud federal deberán brindar el servicio de aborto a todas las mujeres y personas con capacidad de gestar que lo soliciten. Además, el personal médico de las instituciones federales de salud no podrá ser criminalizado por brindar este servicio de salud. Asimismo, la Corte ordenó que se elimine el delito de aborto en el Código Penal Federal.
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Al haberse aprobado por unanimidad, esta sentencia se vuelve obligatoria para todas y todos los jueces locales y federales, quienes tendrán que implementar lo dicho por la Corte.
Desde GIRE confiamos en que las entidades del país, cuya legislación aún obstaculiza la autonomía reproductiva, tomen en cuenta los criterios del máximo tribunal de justicia a fin de garantizar el derecho a decidir de las mujeres y personas con capacidad de gestar.